La nueva Ley del IMSS se publicó el 21 de diciembre de 1995 y entró en vigor a partir del 1º de enero de 1997.
La Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro se publicó en mayo de 1996 y entró en vigor el 1º de julio de 1997.
1. Cada trabajador tendrá una Cuenta Individual de ahorro para el retiro en la que se depositan las aportaciones del trabajador, las aportaciones de su patrón, las aportaciones del Gobierno y todas aquellas que el trabajador realice de manera voluntaria.
2. El trabajador tendrá la libertad de elegir la Afore, misma que se dedicará a abrir, administrar y operar su Cuenta Individual.
3. El trabajador deberá elegir la Afore que administra su cuenta en base a la calidad del servicio, los intereses que reciba por sus ahorros y el cobro de comisiones por el manejo de su Cuenta Individual de ahorro para el retiro.
4. Los recursos de los trabajadores se invertirán a través de las Siefores, que son Sociedades de Inversión cuyo objeto exclusivo es el de invertir los recursos provenientes de las Cuentas Individuales en instrumentos de inversión..
5. El trabajador tendrá acceso permanente a la información sobre su Cuenta Individual de ahorro para el retiro a través del Estado de Cuenta que la Afore está obligado a enviarle al domicilio que este indique o bien, al momento que el trabajador lo solicite en la Unidad Especializada de Atención al Público.