El 13 de enero de 2012, entró en vigor la reforma al Artículo 8º transitorio de la Ley del INFONAVIT, la cual hace posible que los pensionados bajo el régimen 1973 (Ley del IMSS), reciban en una sola exhibición el saldo de la Subcuenta vivienda 1997. Para ello, se han creado cuatro grupos según la situación del trabajador:
Grupo 1 (realiza el trámite en tu Afore)
Personas pensionadas después de la reforma a la citada Ley, que cuenten con una Resolución de pensión con fecha 13 de enero de 2012 o posterior.
Para dar inicio al trámite en la Afore deberás acudir a la sucursal más cercana a tu domicilio o llamar a nuestro centro de atención telefónica para obtener la "Solicitud de disposición de recursos" y el “Formato de conformidad de INFONAVIT”, los cuales tendrás que llenar y firmar, incluyendo lo siguiente:
- Contar con tu Expediente de identificación
- Número de Seguridad Social de once dígitos (NSS), Clave Única de Registro de Población (CURP) y Registro Federal de Contribuyentes (RFC) con homoclave
- Original y copia de credencial para votar
- Original y copia de estado de cuenta bancario a tu nombre, donde aparezca la CLABE (Clave Bancaria Estandarizada), a fin de realizar la transferencia de recursos a dicha cuenta; cabe señalar que es un requisito indispensable y de no contar con ella, deberás abrir una cuenta bancaria para obtenerla
Grupo 2 (realiza el trámite en INFONAVIT)
Pensionados que solicitaron la devolución a través de una demanda laboral o un amparo indirecto y cuentan con un laudo o resolución a favor.
- Debes llenar una solicitud, la cual podrás encontrar en la página web del INFONAVIT o llamando a INFONATEL (9171 5050 desde la ciudad de México o al 01 800 008 3900 desde el interior del país); dicha solicitud contiene un formulario que tiene como finalidad que un asesor del INFONAVIT se ponga en contacto contigo, te proporcione un número de solicitud y confirme tu cita
- Deberás acudir con la misma documentación que las personas del Grupo 1. No olvides que debes seleccionar en el formulario el grupo de pensionados al cual perteneces
Grupo 3 (realiza el trámite en INFONAVIT)
Personas que tienen una demanda laboral o un juicio de amparo indirecto en trámite y aún no cuentan con un laudo o resolución del juez.
- En primer término, debes desistir de la demanda interpuesta ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o Juzgado, y posteriormente, llenar el formulario indicando a qué grupo de pensionados perteneces
- La documentación a presentar es la misma que en el Grupo 1, más original y copia del desistimiento de la demanda o amparo ante la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje o Juzgado
Grupo 4 (realiza el trámite en INFONAVIT)
Personas que no han solicitado la devolución de la Subcuenta de vivienda, o demandaron y tienen resolución en contra.
Este Grupo se subdivide en dos:
- Quienes tienen menos de diez mil pesos en la subcuenta de vivienda 1997 no necesitan realizar ningún trámite ni acudir a las oficinas del INFONAVIT, el ahorro se depositará automáticamente en la misma cuenta donde reciben su pensión; la entrega de recursos se realizará de agosto de 2012 a enero de 2013, de acuerdo a la terminación de su Número de Seguridad Social (NSS)
- Quienes tienen más de diez mil pesos en la citada subcuenta, deberán llenar una solicitud y hacer una cita en el INFONAVIT para la realización del trámite; los recursos se depositarán en la misma cuenta donde reciben su pensión y la entrega se llevará a cabo de enero a junio de 2013, de acuerdo a la terminación de su NSS
Finalmente, es importante mencionar que el trámite y entrega de recursos se lleva a cabo en el INFONAVIT, debiendo ingresar de manera inicial al portal de este instituto o llamando a INFONATEL.
Para mayor información, consulta www.infonavit.org.mx o bien llámanos al 01 800 2774 624, en donde nuestros asesores te atenderán.